sábado, 29 de agosto de 2015

¿QUE QUEDA DEL PSPV/PSOE EN PATERNA?

El PSOE o PSPV como ellos prefieren llamarse, ha sido un partido hegemónico en Paterna desde el inicio de la democracia y hasta el momento en que los personalismos y el egocentrismo entraron por su puerta, gobernó desde 1979 a 1995 con mayorías absolutas.

Han pasado ya muchos años de aquello. En 2011 los socialistas lograron 7 concejales. Hoy están en sólo 6. ¿Nadie dentro del partido se ha parado a reflexionar sobre esta sangría de votos? ¿Qué queda PSOE en Paterna? ¿Nadie se responsabiliza de la debacle electoral? La respuesta, por ahora es no. La huida hacia delante es pura política suicida, entregarse en brazos de la derecha sociológica de Paterna, representada por PP y Ciudadanos que pueden cambiar de opinión tantas veces como cambie el escenario político nacional, no es la mejor forma de recuperar la fortaleza perdida.
Los socialistas con responsabilidad y criterio, aquellos que aman al partido y sus principios por encima del rencor a los “otros”, deberían levantar la voz y decir alto y claro, lo que se escucha por la calle y por los bares: los socialistas necesitan recuperar el criterio y no ser comparsa de un gobierno que mucho nos tememos llevará a nuestra localidad por los derroteros del esperpento.
SAGREDO VAGA SIN RUMBO
El espectáculo sucedido en la Junta de Gobierno Local, hace apenas 48 horas, o lo acontecido en el Pleno de Investidura, donde el PSPV  de Sagredo, alcanzó acuerdos con la derecha sociológica de Paterna, son casos  que deberían hacer reflexionar sobre su escaso liderazgo político y del PSPV de Paterna. Esa falta de liderazgo y de lealtad hacia sus votantes, le ha llevado a sacrificar en la pira de la intolerancia política, acuerdos programáticos con la izquierda de Paterna. Esa obsesión amoral por el poder le ha llevado a entregar el gobierno al PP, diferenciándose claramente de la política seguida por el PSOE a nivel nacional y estatal.
Su falta de escrúpulos políticos le lleva a aceptar cualquier escenario a cualquier precio, con tal de evitar gobernar con la izquierda. Este es Sagredo,  líder de un partido que vaga sin rumbo hacia la irrelevancia política más absoluta, porque ha decidido ganar perdiendo, y no respetar ni a sus compañeros de partido, ni la voluntad democrática de los ciudadanos expresada en las urnas.
El de Sagredo es un partido entregado a la derecha neo conservadora-liberal, que representa, en verdad a una minoría de la sociedad paternera. Ese es Sagredo “Yo he” el líder de la nada, que va tirando por la borda los principios más elementales de un partido socialista democrático.
El acuerdo de PSOE y PP es una cómoda huida hacia adelante para no reconocer su ineficacia, su nula voluntad de transparencia y que no servirá para solucionar los graves problemas sociales que tiene nuestra ciudad. Para gestionar administrativamente la ciudad, también sirven los conservadores, y éstos tienen además la ventaja de estar más cerca del poder económico y más lejos de la ciudadanía. Si a todo esto añadimos la crisis económica mundial, con sus repercusiones en el mercado de trabajo, y el desgaste que conlleva siempre el uso del Poder, se explica perfectamente que el PSPV de Paterna, vaya perdiendo su base electoral progresista, sin por ello ganar el bien asentado de los conservadores
¿QUO VADIS PSPV PATERNA?

En situación tan grave es comprensible que los votantes socialistas se inquieten. Los socialistas, aparte de los oportunistas de turno, se reclutan entre gentes críticas que, sin caer en un revolucionarismo utópico, no aceptan sin más el orden establecido. La búsqueda de alternativas reales, de una política de recambio, ha caracterizado sobre todo a una organización, que no debería aceptar sin más, la mediocridad y la indignidad de unos dirigentes, que no apuestan por un proyecto político que les devuelva la ilusión y que recupere sus líneas rojas.

viernes, 21 de agosto de 2015

PATERNA OCUPA LOS ÚLTIMOS LUGARES DE GASTO EN PROMOCIÓN SOCIAL EN 2014.

Se vienen haciendo muchas declaraciones de los partidos de gobierno municipales, sobre su preocupación por los problemas de sus conciudadanos y como combatir la pobreza y la exclusión social.

En Cuentas Claras Paterna hemos realizado una comparativa del gasto en la partida de Promoción y Promoción social, de diferentes ciudades de nuestro entorno y la verdad sea dicha, Paterna no sale muy favorecida de dicha comparación.



NO ES ECONOMÍA, ES IDEOLOGÍA.
Paradójicamente Paterna en este año 2014, ha cerrado la liquidación  con un resultado presupuestario ajustado superior a 6,7 millones de euros y unos fondos líquidos de tesorería de más de 16 millones de euros.

¿Cómo se explica que sin embargo el gasto en Protección y Promoción social haya bajado en más de un millón de euros, desde 2011?


Parece obvio que existe la voluntad de no invertir en protección social, por parte de algunos dirigentes políticos de nuestra ciudad, cuando aprobaron el presupuesto con más de 6 millones de superávit y no aumentaron esta partida de gasto, para paliar el problema de la ciudadanía de Paterna en riesgo de exclusión.

¿QUÉ PRESUPUESTO DE GASTO EN PROTECCIÓN SOCIAL HARÁ SAGREDO Y EL PSPV?

Es evidente que la comparativa es concluyente en cuanto a que nuestro Ayuntamiento no está haciendo el esfuerzo necesario para paliar y/o solucionar los problemas de exclusión social de muchos de nuestros conciudadanos, situaciones que lejos de corregirse, va camino de cronificarse.

Esperemos que tomen buena nota y se pongan las pilas para el presupuesto del año 2016, si queremos estar a la altura de nuestras necesidades y situarnos en referencia a las ciudades que más invierten en Promoción Social, por ejemplo Sagunto, 10,159 millones de euros o Gandia, 13,466 millones.

jueves, 20 de agosto de 2015

PROPUESTAS CONCRETAS Y GENÉRICAS, PARA UNA POLÍTICA MUNICIPAL NO CONFESIONAL.

El objetivo de estas medidas es establecer la separación entre los poderes públicos locales y las religiones, de forma que se establece la legitimidad estrictamente secular de las instituciones políticas, sin que quepa ninguna confusión entre fines religiosos y civiles. Así como establecer la neutralidad o no confesionalidad del Estado (municipal) en dos sentidos: - Compromiso de los poderes públicos locales para no inmiscuirse en los asuntos estrictamente religiosos, permitiendo la máxima libertad en ese sentido, sólo limitada por el respeto al orden público y las leyes; - Igualdad que impida cualquier tipo de discriminación por razón de ideología o religión o ausencia de ellas.
1 – Suprimir todo tipo de simbología religiosa en los actos oficiales y en los espacios de titularidad pública que dependan de las administraciones. Las administraciones no promoverán ritos ni celebraciones religiosas de ningún tipo.
2 – Los actos públicos oficiales serán exclusivamente civiles y sin connotaciones religiosas. Ninguna autoridad pública o funcionario participará, en calidad de tal, en actos de naturaleza religiosa. Los miembros de la corporación local y el personal al servicio de la administración municipal no mostrarán, en el ejercicio de su cargo o de sus funciones, ningún gesto de sumisión o veneración de personas o imágenes religiosas (tales como genuflexiones, besar anillos, etc.). Los reglamentos municipales de honores y protocolos y de sus entes públicos se adecuarán a la “no confesionalidad del Estado”, que ampara el 16.3 de la actual Constitución. No serán invitados a actos civiles o considerados autoridad pública los representantes eclesiásticos de cualquier confesión.
3 – Quedan suprimidas, y además con carácter retroactivo, todos los honores o votos  públicos a advocaciones, santos, imágenes o simbología representativa religiosa, como condecoraciones, nombramientos de alcaldes y alcaldesas perpetuas, etc. Tampoco el ayuntamiento y su corporación  se encomendarán a santoral, imágenes o rituales religiosos.
4 – Todos los edificios e instalaciones dependientes de la administración local, así como sus organismos autónomos y demás entes estarán exentos de cualquier tipo de simbología religiosa, para cumplir con los principios de separación y neutralidad de la administración pública. A tal fin, se retirará cualquier símbolo religioso que pudiera haber en cualquiera de ellos y la alcaldía determinará su destino posterior, su registro y protección en dependencias municipales o su donación a entidades religiosas que pudieran tener interés en ellos
5 – No se donará, ni facilitará suelo público ni locales, ni se concederá financiación pública o exenciones fiscales municipales para la instalación de infraestructuras o realización de actividades a ninguna confesión o institución religiosa. Así mismo las confesiones religiosas vendrán obligadas a pagar todos los impuestos municipales, incluido el de Bienes Inmuebles (IBI), que se deriven de su actividad, ya sea de carácter religioso o mercantil.
Los ayuntamientos elaborarán un censo público de las propiedades de la iglesia católica, de otras confesiones que están exentos de pagar el IBI, tanto de centros de culto, como de otras actividades mercantiles o sociales. También, en su caso, elaborará un censo de las propiedades rústicas y urbanas de las que se haya apropiado la iglesia católica, mediante el sistema de inmatriculación. También es elaborará un censo de otras entidades públicas o privadas que estén exentos del pago del IBI.
6 – El Ayuntamiento facilitará que las ceremonias civiles (acogida, matrimonio y funerales) se puedan celebrar, sin obstáculos, dando a la ciudadanía todo tipo de facilidades para ello y poniendo la adecuada infraestructura.
7 – En los cementerios públicos, que serán civiles y en los tanatorios públicos o de gestión privada, se asegurará que todos los familiares de los difuntos, sin exclusión alguna por motivos de religión o de convicciones, puedan celebrar las ceremonias que les parezcan pertinentes. Ningún símbolo, icono o emblema de cualquier tipo, representativo de una religión o de una ideología particular, podrá presidir estos espacios públicos, a excepción de los que a los familiares del difunto les parezca oportuno utilizar en el transcurso de las ceremonias y los que deseen exhibir en la sepultura del fallecido. Incluso los ayuntamientos deben, si es posible, procurar espacios específicos para enterramientos de religiones organizadas minoritarias, si lo solicitan.
8 – Se incorporarán referencias y conmemoraciones de carácter civil al calendario oficial, centros públicos y a los callejeros municipales, así como fechas fijas y denominación neutra a las vacaciones escolares, fijadas a través del Consejo Escolar Municipal.
9 – Declaración de las fiestas locales en referencia a acontecimientos que unan a todos los ciudadanos y ciudadanas y no los referentes a una parte de la ciudadanía que tienen determinadas creencias. Haciendo especial relevancia a acontecimientos o personas que han tenido que ver con la historia, la cultura o los valores cívicos de la sociedad local que el Ayuntamiento representa.
10 – El Ayuntamiento, en periodos electorales, sólo facilitará colegios o locales no confesionales y, por lo tanto, libres de simbología religiosa para el ejercicio democrático de votar.
11 – El Ayuntamiento abrirá un “Registro Municipal de Testamentos Vitales”, con su propio Reglamento, para el registro voluntario de la libre voluntad con respecto a la fase final de la propia vida, y con los efectos jurídicos que las leyes establezcan, para colaborar con la administración sanitaria.
12 – El Ayuntamiento promoverá la libertad de conciencia y de convicciones y velará para que ningún derecho de este ejercicio sea vulnerado. Para ello podrá disponer de una “Oficina de defensa de la libertad de conciencia”, en donde se puedan recibir y tramitar quejas y sugerencias de la ciudadanía. No obstante la ciudadanía, a título individual o colectivo, amparada en sus creencias religiosas, no podrá cuestionar normas comunes que lo son del conjunto de la ciudadanía, al menos en los espacios públicos. Así mismo el ayuntamiento promoverá campañas informativas sobre el significado de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, sobre la libertad de conciencia y sobre el principio constitucional: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal”
13 – Laicidad y Escuela pública: Los poderes públicos locales velarán por la laicidad de las enseñanzas impartidas en los itinerarios oficiales, dentro de los centros educativos de titularidad pública y de los privados sostenidos con fondos públicos, con el fin de evitar cualquier interferencia en los objetivos educativos de convicciones particulares religiosas, filosóficas o ideológicas. Y ello supone la retirada de simbología religiosa y a la celebración o participación en actos religiosos.

14 – Mociones. Los ayuntamientos, en aquéllas cuestiones que no sean de su competencia, promoverán mociones y resoluciones, con el fin de solicitar al Estado que tome las medidas legislativas conducentes al establecimiento del Estado laico y a eliminar todos los privilegios de los que goza la iglesia católica y otras confesiones religiosas y que figuran en este documento de medidas y propuestas. También, en el ámbito de sus competencias, podrán elaborar Ordenanzas o Reglamentos de laicidad municipal.

PROPUESTA DE EUROPA LAICA